DE LEGIBUS. TOMO III: DE LEGE NATURALI (II, 1-12)

DE LEGIBUS. TOMO III: DE LEGE NATURALI (II, 1-12)

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25,49 €
24,22 €
IVA incluido
Disponible
Editorial:
CSIC
Año de edición:
Materia
Historia y Filosofía
ISBN:
978-84-00-04079-6
Páginas:
184
Encuadernación:
Tela
Dimensiones:
150x210 mm
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600 pp. Francisco Suárez, conocido como Doctor Eximius (Granada, 5 de enero de 1548 ¿Lisboa, 25 de septiembre de 1617),fue teólogo, filósofo y jurista español. Miembro de una familia judía hidalga, ingresó en el noviciado de la Compañía de Jesús en Salamanca en 1564, aunque fue rechazado en un principio a causa de su falta de vivacidad intelectual. Recibido, sin embargo, con el estatuto de indiferente, que equivalía a que se determinaría con posterioridad su valía como sacerdote o como hermano, demostró luego suficiente genio como para desarrollar una de las carreras intelectuales más brillantes de su tiempo. Allí fue discípulo del padre Martín Gutiérrez y estudió filosofía y teología. Hombre de una gran cultura y erudición griega, latina, árabe y hebrea, pudo asimilarla toda, ordenarla, simplificarla y eliminar de ella verbalismos ociosos. Fue llamado Doctor Eximius et Pius y gozó de enorme autoridad, revitalizando la ya decaída escolástica, que compendió en su obra principal, sus Disputationes metaphysicae (1597), donde repiensa toda la tradición especulativa anterior, sintetizando además la metafísica grecorromana como una disciplina autónoma e independiente. Puede considerarse este libro como la primera construcción sistemática de la metafísica después de Aristóteles. Por ello ejerció una influencia considerable en el pensamiento posterior como el más moderno de los escolásticos. En su gran obra jurídica Tractatus de legibus ac Deo legislatore, muy fecunda para la doctrina iusnaturalista y el derecho internacional, se encuentra ya la idea del pacto social, y realiza un análisis más avanzado que sus precursores del concepto de soberanía: el poder es dado por Dios a toda la comunidad política y no solamente a determinadas personas, con lo que esboza el principio de la democracia contra cesaristas, legistas, maquiavelistas y luteranistas. Distingue entre ley eterna, ley natural, derecho de gentes, ley positiva humana (derecho civil y derecho canónico) y ley positiva divina (la del Antiguo y Nuevo Testamento). Sumario.- Cap. I: ¿Existe una ley eterna? ¿Hasta qué punto es necesaria? II: ¿Cuál es el objeto inmediato de la ley eterna y qué actos son ordenados o regidos por ella? III: ¿Es la ley eterna un acto de la inteligencia divina conceptualmente distinto de los demás? ¿es una sola ley o son varias? IV: ¿Es la ley eterna causa de todas las demás leyes? V: ¿Consiste la ley natural en la misma recta razón? VI: ¿La ley natural es realmente una ley divina preceptiva? VII: ¿Cuál es el objeto de la ley natural y cuáles son sus preceptos? VIII: ¿Es una sola la ley natural? IX: ¿Obliga la ley natural en conciencia? X: ¿Obliga la ley natural no solo al acto de virtud, sino también a una forma determinada de realizarlo de tal manera que no pueda cumplirse si no es mediante un acto moralmente recto en todos sus aspectos? XI: ¿Obliga la ley natural a obrar por amor a Dios o por caridad? XII: ¿Puede la ley natural no solo prohibir determinados actos, sino incluso invalidar los contrarios a ella? - etc.

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